El riesgo y los accidentes están presentes en nuestra vida diaria. Con el Seguro de Accidentes MAPFRE hará frente a las consecuencias económicas que de ellos se derivan.
Es un seguro que garantiza un capital para sus familiares en caso de que usted fallezca accidentalmente.
Un capital que también podrá precisar en caso de sufrir una invalidez permanente o necesitar asistencia sanitaria como consecuencia de un accidente.

Preguntas frecuentes:
¿Qué tipos de INVALIDEZ se cubren exactamente?
Este producto cubre al asegurado con un capital en caso de sufrir una INVALIDEZ Permanente.
Concretamente, si dicho asegurado sufre por causa accidental lesiones que impliquen la pérdida anatómica o impotencia funcional permanente de miembros y órganos, percibirá un porcentaje de indemnización sobre el capital asegurado para esta garantía, según Baremo establecido en el contrato y cuyo límite máximo es el 100% del capital contratado.
¿En qué consiste la cobertura de asistencia sanitaria?
Mediante la contratación de esta garantía, el cliente se asegura una cantidad económica destinada de forma específica a cubrir los gastos de asistencia médica, ambulancia, farmacia, etc., necesarios para lograr su recuperación.
Los importes de indemnización por Asistencia Sanitaria serán ilimitados o con el tope de 3.005,06 € cada anualidad, pudiendo elegir el asegurado la opción que más le interese.
¿Qué capitales puedo contratar?
Garantía de Fallecimiento Accidental: Garantía obligatoria. El capital mínimo contratable es de 60.010,12 € y el máximo es de 300.506,05 €.
Garantía de Invalidez Permanente: Garantía opcional. El capital mínimo contratable es también de 60.010,12 € y el máximo es igualmente de 300.506,05 €. Este capital no puede ser nunca más del doble del capital asegurado por fallecimiento.
Garantía de Asistencia Sanitaria: Garantía opcional. Hay dos posibilidades respecto al capital contratable: ilimitado o hasta 3.005,06 €.
¿Influye la profesión a la hora del precio?
Sí. En función de la peligrosidad que tenga la actividad laboral del asegurado, existen 4 categorías de riesgo a efectos de establecer la prima anual.
A modo de ejemplo, se indican a continuación algunas profesiones en cada una de las categorías:
Categoría I: Directivos, empleados de oficinas, profesionales liberales.
Categoría II: Comercio, hostelería, transportistas urbanos.
Categoría III: Profesionales que utilicen frecuentemente vehículos, agricultores y ganaderos, vigilantes jurados.
Categoría IV: Transportistas interurbanos, construcción, bomberos.
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