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Seguro obligatorio |
Cobertura de la responsabilidad civil obligatoria. Cubre las lesiones y los daños producidos a terceros por el vehículo asegurado con los límites legales. |
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Responsabilidad civil suplementaria |
Cobertura suplementaria de la Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria ampliada hasta la cuantía de 50.000.000 euros. |
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Responsabilidad Civil por remolques y caravanas y por los objetos transportados en el vehículo |
En el caso de turismos de uso particular, se cubre la Responsabilidad civil derivada de los daños producidos a Terceros por remolques y caravanas (en el caso de declararlo en condiciones particulares) y por los objetos transportados en el vehículo asegurado. |
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Responsabilidad Civil del tomador y conductor declarado como ciclista |
Cubre la responsabilidad civil de tomador y conductor cuando intervengan como ciclistas (no profesional) en accidente de circulación. |
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Responsabilidad civil del hijo menor de edad conduciendo sin carné |
Cubre la responsabilidad civil del hijo menor de edad del tomador, como conductor cuando carezca del correspondiente permiso de conducir.
Esta entidad reprueba la conducción sin carné, y recuerda que la cobertura no se extiende a la sanción de multas. |
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Defensa Jurídica y Reclamación de Daños |
Garantiza el pago de los gastos ocasionados para la defensa jurídica del asegurado, en cualquier procedimiento judicial o arbitral derivado de accidente de circulación con el vehículo asegurado, hasta el límite fijado en las Condiciones Particulares:
- Defensa Penal. Asistencia, defensa jurídica, fianzas y gastos judiciales.
- Reclamación de daños y perjuicios ocasionados al vehículo asegurado, y los sufridos por el conductor y lo ocupantes del vehículo.
- Reclamación de daños del tomador en calidad de peatón.
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Asistencia en viaje (Km. 0) |
Servicios y prestaciones para el vehículo y sus ocupantes, con ocasión de accidente, avería o robo, en sus desplazamientos por España y el extranjero. |
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Seguro del conductor |
Garantiza el pago de una indemnización como consecuencia de muerte o invalidez permanente del conductor en accidente de circulación con el vehículo asegurado.
- Se duplica la indemnización en el caso de fallecer en el accidente el conductor y su cónyuge, siempre que tengan hijos comunes y menores de edad.
- Indemnización para adaptar el vehículo.
- Indemnización para adecuar la vivienda.
- Indemnización en caso de precisar ayuda de otra persona.
- Ayuda psico-emocional en caso de grave accidente de tráfico para el conductor o sus familiares en caso de muerte.
- Ayuda psico-emocional al asegurado en caso de robo con intimidación.
- Servicio de asesoramiento para los beneficiarios sobre los trámites administrativos a realizar, en caso de fallecimiento del conductor.
Las indemnizaciones se establecen en Condiciones Particulares. |
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Defensa en multas de tráfico |
Asesoramiento jurídico al asegurado en relación con las multas de tráfico, así como la preparación y redacción de recursos y pliegos de descargo. |
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Asistencia al automovilista |
Cubre la orientación y la información genérica de consultas sobre trámites administrativos y materias legales relacionados con el automóvil y el asesoramiento sobre infracciones de tráfico. |
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Acontecimientos extraordinarios (daños personales) |
Indemnización por el Consorcio de Compensación de Seguros por muerte o invalidez permanente del conductor a consecuencia de determinadas catástrofes naturales, terrorismo o actuaciones en tiempos de paz de las Fuerzas Armadas y los Cuerpos de Seguridad del Estado, con los mismos límites de la cobertura del Seguro del Conductor. |
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| para su vehículo |
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Incendio del vehículo |
Cubre los daños que pueda sufrir el vehículo asegurado a consecuencia de incendio.
En caso de pérdida total la indemnización será:
- 1er año de matriculación: 100% del valor de nuevo
- Resto de años: 100% del valor de mercado
Elección entre indemnización o reposición. En caso de pérdida total del vehículo, el asegurado podrá optar por la indemnización o por la reposición del vehículo. |
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Rotura de parabrisas y lunas |
Cubre la indemnización por la rotura parcial o total de las lunas del vehículo asegurado. |
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Robo y hurto del vehículo |
En caso de pérdida total la indemnización será:
- 1er de matriculación: 100% del valor de nuevo
- Resto de años: 100% del valor de mercado
Elección entre indemnización o reposición. En caso de pérdida total del vehículo, el asegurado podrá optar por la indemnización o por la reposición del vehículo.
En caso de sustracción de piezas se cubre el 100% del coste. |
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Daños propios del vehículo |
Cubre los daños que pueda sufrir el vehículo asegurado a consecuencia del accidente.
En caso de pérdida total la indemnización será:
- 1er año de matriculación: 100% del valor de nuevo
- Resto de años: 100% del valor de mercado
Elección entre indemnización o reposición. En caso de pérdida total del vehículo, el asegurado podrá optar por la indemnización o por la reposición del vehículo. |
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Limpieza del vehículo por traslado de heridos |
Se garantiza el pago de los gastos necesarios para la limpieza y acondicionamiento del vehículo asegurado, por los desperfectos ocasionados por el traslado de heridos en el accidente de circulación hasta un centro sanitario. |
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Acontecimientos extraordinarios (daños materiales) |
Indemnización por el Consorcio de Compensación de Seguros por los daños que pueda sufrir el vehículo a consecuencia de determinadas catástrofes naturales, terrorismo o actuaciones en tiempos de paz de las Fuerzas Armadas y los Cuerpos de Seguridad del Estado, con los mismos límites de la cobertura de Daños e Incendio y, en caso de tenerla contratada, de Inmovilización del Vehículo Asegurado. |
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